La Planificación por Competencias en dos Niveles de Responsabilidad

Se trata de las competencias que hay que desarrollar a lo largo de los cursos que dura una titulación. Así pues, es preciso velar por la coherencia en el tratamiento de las competencias.

La planificación del trabajo del estudiante para la consecución de las competencias se tiene que pensar a dos niveles diferentes:

El primer nivel corresponde al órgano responsable de la titulación, que tiene que llevar a cabo una acción de planificación que garantice la coherencia y la compleción del tratamiento de todas las competencias que la titulación tiene señaladas como propias, incluyendo las competencias específicas y las genéricas o transversales.
Es necesario llegar a proponer el desarrollo de las competencias en las asignaturas, de modo que el conjunto ofrezca una garantía de tratamiento compensado y suficiente de las diferentes competencias.

Un instrumento que realice la función que resuelve el cuadro de esta página puede ser útil para esta finalidad.

Podemos identificar básicamente dos vías para llegar a un resultado final como éste. Cada una tiene sus ventajas:

A. Una vía que podríamos llamar “descendente”, que consiste en que el Consejo de Estudios define las competencias que hay que desarrollar durante los cursos de la titulación en función del perfil de salida del estudio, de la documentación con que se cuenta y de las características que se pretende dar al futuro titulado, y realiza una distribución entre las diversas asignaturas de modo que el resultado de una imagen satisfactoria.

De este modo, cada profesor, al diseñar su asignatura, se encuentra con las competencias ya determinadas por el Consejo de Estudios, lo cual no significa que el profesor no pueda complementar estas competencias con otras que considere convenientes, siempre y cuando no rompan la coherencia del estudio. En este sentido, la ayuda que contiene la aplicación de diseño de las asignaturas de la UdG ofrece ayuda al profesor.

B. Existe otra vía que se podría considerar “ascendente”, que contendría tres pasos:

B.1 Definición colegiada de las competencias que el estudio debe garantizar al titulado.

B.2 Autoasignación, por parte de cada profesor, de las competencias ya definidas que cree que puede trabajar en su asignatura.

B.3 Comprobación colegiada del nivel de coherencia resultante y rectificación, en su caso, de la asignación de algunas competencias.

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